¿Qué es?
Cuando una persona LGBTIQ+ en situación de migración, desplazamiento forzado o búsqueda de refugio necesita ir a una institución pública o privada puede enfrentarse a situaciones de discriminación, desconocimiento de sus derechos o trato indigno.
Veeduría Social va con la persona a esa institución. No habla por ella, no gestiona sus trámites, no tiene contactos especiales que aceleren procesos. Lo que hace es estar ahí: orientarle sobre sus derechos, garantizar que le brinden un trato digno y acompañarle para que la próxima vez pueda ir sin acompañamiento, con autonomía y sin miedo.
La diferencia entre ir sin compañía y no saber qué decir, e ir con acompañamiento y saber exactamente qué puede exigir, eso es Veeduría Social.
Qué podemos hacer y qué no
Acompañamos a las instituciones públicas y privadas para que sus derechos sean respetados.
Sí hacemos
- Acompañarle físicamente a instituciones públicas: EBAIS, hospitales, CCSS, DGME, MEP y otras.
- Orientarle sobre sus derechos antes, durante y después de cada cita o trámite.
- Garantizar que reciba un trato digno y que sus derechos sean respetados en cada institución.
- Documentar situaciones de discriminación o violación de derechos para acciones de incidencia.
- Orientar sobre el acceso al aseguramiento de la CCSS para personas migrantes y solicitantes de refugio.
- Acompañar en procesos relacionados con VIH: acceso a clínicas de ITS, tratamiento antirretroviral (TARV) y orientación sobre la Ley 7771 y su reforma 9797.
- Acompañar en trámites de homologación de títulos ante el MEP.
- Construir junto a usted las herramientas y el conocimiento para que la próxima vez pueda hacer valer sus derechos sin acompañamiento.
No hacemos
- Sacar citas en instituciones públicas (no tenemos capacidad ni acceso especial para hacerlo).
- Hablar por usted ante las instituciones: nuestra presencia es de acompañamiento y orientación, no de representación.
- Gestionar trámites migratorios directamente (eso corresponde a Asesoría Legal).
- Tener contactos que aceleren procesos institucionales: no tenemos esa capacidad y sería contrario a nuestra ética institucional.
- Sustituir la representación legal: si necesita representación jurídica, la coordinamos con Asesoría Legal.
- Resolver situaciones de violencia activa o emergencia: en esos casos se activan los protocolos de seguridad y se coordina con las instancias correspondientes.
¿A qué instituciones acompañamos?
EBAIS, clínicas y hospitales de la CCSS
Cuando se niega o dificulta el acceso a servicios de salud por condición migratoria, identidad de género u orientación sexual.
Clínicas de Vigilancia y control de ITS y VIH
Acceso a pruebas de ITS, orientación sobre el acceso al tratamiento antirretroviral (TARV) y asesoría sobre la Ley General sobre el VIH-SIDA y su reforma que garantizan confidencialidad, no discriminación y acceso al tratamiento.
Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS)
Procesos de aseguramiento para personas LGBTIQ+ migrantes, solicitantes de refugio y refugiadas. Acceso a servicios durante la espera de regularización.
Dirección General de Migración y Extranjería (DGME)
Citas y trámites migratorios para garantizar un trato digno y el respeto de los derechos durante el proceso. Veeduría Social no gestiona ni adelanta citas.
Ministerio de Educación Pública (MEP)
Proceso de homologación de títulos de primaria, secundaria y cursos técnicos para personas refugiadas y solicitantes de refugio. Requisitos y proceso ante el MEP.
Otras instituciones del Estado
Cualquier institución pública o privada donde la persona enfrente situaciones de discriminación, violación de derechos o trato indigno por su condición migratoria, orientación sexual o identidad de género.
Las leyes que le protegen en lenguaje accesible
Ley 7771 + Reforma 9797
Ley General sobre el VIH-SIDA
Ley General sobre el VIH-SIDA
Ley 5395
Ley General de Salud
Ley General de Salud
En Costa Rica, la legislación garantiza el derecho de toda persona a recibir atención médica de urgencias en un hospital o EBAIS, independientemente de su condición migratoria. Ninguna institución pública puede negarle asistencia en una emergencia por no tener los documentos en regla, y de hacerlo, estaría violando sus derechos humanos esenciales. No obstante, el acceso a la atención primaria y consultas ordinarias no es automático, ya que el sistema público exige contar con un seguro o estar en condición regular para estos servicios, salvo en el caso de menores de edad y mujeres embarazadas.
Requisitos MEP
Homologación de Títulos
Homologación de Títulos
¿Cómo funciona el acompañamiento?
Cada acompañamiento se coordina y ejecuta en la brevedad posible, siempre resguardando la privacidad de la persona. Esto es lo que puede esperar:
Referencia desde Trabajo Social o solicitud directa
Trabajo Social evalúa la situación y determina qué institución o trámite requiere acompañamiento. Si ya tiene expediente en IRCA CASABIERTA y tiene una necesidad específica, puede solicitarlo directamente.
Orientación previa a la cita
Previo al acompañamiento, el equipo de Veeduría Social le explica cuáles son sus derechos específicos para ese trámite, qué puede exigir, qué documentos presentar como requisitos y cuáles como respaldo, y qué puede pasar si la institución no respeta sus derechos.
Acompañamiento presencial
El equipo le acompaña físicamente a la institución. Está presente durante la atención para garantizar que sus derechos sean respetados.
Si se produce una situación de discriminación o trato indigno, el equipo orienta sobre cómo documentarla y qué acciones tomar.
Documentación y seguimiento
Si durante el acompañamiento se identifica una violación de derechos, se documenta para acciones de incidencia política. El equipo hace seguimiento del caso y coordina con Asesoría Legal cuando la situación lo requiere.
Construcción de autonomía
El objetivo final de cada acompañamiento es que la persona pueda, en el futuro, hacer valer sus derechos sin necesitar acompañamiento. El equipo trabaja activamente para que eso ocurra: enseñando, orientando y devolviendo la agencia a la persona en cada paso del proceso.
Requisitos de acceso
Para acceder a Veeduría Social necesita:
- Ser una persona LGBTIQ+ en situación de migración, desplazamiento forzado o búsqueda de refugio en Costa Rica.
- Tener una situación específica que requiera acompañamiento en una institución pública o privada.
- Tener expediente abierto en IRCA CASABIERTA (Trabajo Social es la puerta de entrada habitual).
No se requiere:
- Tener cita previa en la institución para el primer contacto con Veeduría.
- Saber exactamente cuáles son sus derechos antes de llegar, para eso existe este servicio.
- Haber vivido discriminación para acceder al servicio; la orientación preventiva también es parte del acompañamiento.
Historia de impacto
Vine de Guanacaste a San José porque en mi región no encontraba respuesta. Tenía un diagnóstico de VIH y necesitaba iniciar tratamiento. Fui a un EBAIS y me dijeron que sin seguro no podían atenderme, ni hacerme los exámenes, ni nada. Fue fácil creerlo porque no sabía que existía una ley que me cuidaba.
Por distintas razones de la vida llegué a IRCA CASABIERTA, no sabía que en Costa Rica existían estas ayudas pero internet me ayudó; así aprendí que, tenga o no tenga seguro social, tengo derecho a que me realicen pruebas de ITS y VIH y a recibir tratamiento antirretroviral.
«Muchas gracias. No sabía que me podían atender y que me podían dar el tratamiento, IRCA CASABIERTA me salvó la vida.»
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Historia construida a partir de un caso real.
Datos identificatorios protegidos.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa exactamente "Veeduría Social"?
En términos simples: acompañamiento para hacer valer sus derechos en instituciones públicas y privadas. El nombre técnico viene de «veedor» una figura que observa y garantiza que los procesos se cumplan correctamente. En la práctica, significa que alguien del equipo de IRCA CASABIERTA va con usted a la institución, le orienta sobre sus derechos y garantiza que reciba un trato digno.
¿Pueden sacarme una cita en el EBAIS o en la CCSS?
No. Veeduría Social no tiene capacidad de asignar ni adelantar citas en ninguna institución pública. Lo que sí podemos hacer es acompañarle en la cita que ya tiene asignada, orientarle sobre sus derechos antes de ir y garantizar que reciba atención respetuosa cuando llegue.
¿El equipo habla por mí en la institución?
No. La persona del equipo de Veeduría Social acompaña y orienta, pero no habla en nombre de usted. El objetivo es que usted pueda comunicarse directamente, exigir sus derechos y que se le escuche. Estamos ahí para que sepa qué puede decir y cómo decirlo, no para decirlo por usted.
¿Qué pasa si me discriminan en una institución?
Si durante el acompañamiento —o en cualquier momento— una institución le niega servicios, le discrimina o viola sus derechos por su condición migratoria, orientación sexual o identidad de género, el equipo de Veeduría Social le orienta sobre cómo documentar la situación y qué acciones puede tomar. En casos donde corresponda, se coordina con Asesoría Legal para acciones adicionales.
¿Pueden acompañarme aunque no tenga seguro de la CCSS?
¿Pueden acompañarme en trámites relacionados con VIH?
Sí. Veeduría Social acompaña específicamente en el acceso a las Clínicas de Vigilancia y Control de ITS, en la gestión del tratamiento antirretroviral (TARV) y en situaciones de discriminación relacionadas con el diagnóstico de VIH. La Ley 7771 y su reforma 9797 garantizan sus derechos en estos procesos y el equipo le orienta sobre cómo hacerlos valer.
¿El acompañamiento es presencial o puede ser virtual?
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